¿Sabéis cuales son los documentos necesarios para la exportación de vino?
Calidad más que cantidad es la estrategia general del sector vinícola español.
El vino español está acelerando su internacionalización, con una presencia creciente y al alza en los mercados exteriores, hasta el punto de que en los últimos 30 años se han multiplicado por 5,6 las exportaciones en volumen y España es ya el primer exportador mundial de vino.
En 2017, las bodegas españolas lideraron en volumen de litros, el mercado mundial del vino por delante de principales competidores como Italia y Francia especialmente por su calidad.
Somos además el país exportador con precio más competitivo. Las ventas en el exterior pasaron de los 8 millones de hectolitros en 1997 a los 14 millones en el año 2007, siendo los principales destinatarios nuestros vecinos comunitarios como Francia, Alemania, Reino Unido, Italia y Portugal. Tras Europa, China destaca como el quinto mercado exportador en 2017, con 1,4 millones de hectolitros.
El reto es reducir la venta de graneles baratos, algo que se produce por la situación excedentaria del mercado y la falta de estructuras productivas. La exportación es por tanto la salida obligada para los vinos españoles.
Es importante que, antes de comenzar la operación de exportación, se aclare con el receptor qué certificados o documentos del país de origen va a necesitar en destino para realizar sus trámites aduaneros. Si para la emisión de esos documentos hacen falta, por ejemplo, muestras del producto a enviar, éstas deben ser solicitadas antes de la fecha de carga en fabrica o cuando el contenedor está en el puerto de origen. Si el documento no se puede emitir porque no se cumple el procedimiento que exige el país de origen, nos encontramos con situaciones de difícil solución.
Teniendo en cuenta la naturaleza de la mercancía, tiempo de tránsito del embarque e incluso estación del año, se selecciona el tipo de contenedor. Un envío con manta térmica en un contenedor dry van (DC/HC) puede ser suficiente o quizá sea necesario un contenedor reefer (RF) para que la mercancía no pierda sus propiedades. También hay que contar con que el tiempo de tránsito del transporte marítimo puede variar dependiendo del servicio y destino. Además, hay navieras con las que puede haber dificultades con la admisión de este tipo de mercancía en sus buques por razones religiosas (buques de bandera de países musulmanes).
A continuación os facilitamos un check-list que esperamos os sirva de ayuda.
Los documentos que habitualmente son requeridos para el despacho de exportación de vinos son los siguientes:
- Factura de exportación: factura de la operación de compraventa. Como habitualmente, cuando la exportación de vino vaya dirigida a un país extracomunitario, la factura debe emitirse sin IVA. Cuando se trata de una operación intracomunitaria con un operador intracomunitario también inscrito en el IVA la factura deberá emitirse sin IVA. Es importante que en la factura se indique el origen de la mercancía (Spain) para que en destino se puedan acoger a posibles beneficios arancelarios.
- Packing List: o lista de contenido, documento emitido por el exportador en el que se detalla las características de la mercancía; bultos, peso, descripción del producto, etc
- ARC “la guía de alcohol”, antiguo D-500 (ver requisitos fiscales más abajo)
Los documentos emitidos por el transitario serían:
- DUA: Documento único Aduanero que justifica la exportación ante la Administración.
- Certificado de origen preferencial (EUR1- ATR) : el cual certifica el origen preferencial de la mercancía para aquellos países con los cuales la UE tiene acuerdos preferenciales. Para ello la factura debe declarar el origen español de la mercancía.
- Documento de transporte: Como en cualquier operación de transporte marítimo se emitirá un contrato de transporte marítimo, ya sea Original Bill of Lading o SeaWaybill.
Otros documentos tramitados por el exportador, que puede solicitar el importador o que sean requeridos por las Autoridades del país de destino.
- Certificado de Denominación de Origen: avala que la empresa se encuentra registrada al amparo de la correspondiente denominación de origen e incluye el número de instalación en dicho registro. Es expedido por el Consejo Regulador.
- Certificado fitosanitario: documento que afirma que los productos analizados están libres de restos de determinados pesticidas.
- Certificado de Origen: documento probatorio del origen de la mercancía. Éste es expedido por la Cámara de Comercio e Industria de la Comunidad Autónoma en la que la empresa española está dada de alta.
- Otros Certificados: acredita el cumplimiento de determinados parámetros de exportación que exigen algunos países. En ocasiones, el importador, suele exigir algún certificado específico adicional (por ejemplo, certificado de fumigación). En ese caso debemos dirigirnos a la autoridad encargada de emitir dicho certificado si fuera necesario.
- Certificado de Registro Sanitario (AECOSAN): avala que la empresa está legalmente establecida, desde el punto de vista sanitario, para la elaboración de vino. Se tramita generalmente a través de los Servicios Oficiales de Salud Pública de la Comunidad Autónoma donde se encuentren las instalaciones alimentarias de la empresa responsable. Para más información consultar la web AECOSAN
- Certificado de Libre Venta: garantiza que la empresa española está legalmente establecida y que los productos que comercializa son aptos para el consumo humano y de venta libre en la Unión Europea. Este certificado es emitido por diversas instituciones como la Cámara de Comercio, la Dirección General de Salud Pública o el Consejo Regulador de Denominación de Origen
- Certificado de Análisis Sanitario: avala la elaboración de una empresa, sus vinos, las partidas, lotes, número de botellas siendo estas por tanto conformes con la normativa sanitaria . Habrá que emitir uno para cada operación.
Lo expide el inspector asignado a la empresa dentro de los Servicios de Industria del Consejo Regulador.
**Como obtener el ARC:
Es imprescindible completar tu inscripción en el EORI, que es el registro de exportadores e importadores de la Agencia Tributaria. Para operaciones intracomunitarias también deberás estar dada de alta en el VIES, el registro de operadores intracomunitarios también de la Agencia Tributaria.
Asimismo en la Agencia Tributaria deberás obtener un número CAE (Código de Actividad y Establecimiento) de Impuestos Especiales. Este número te autorizará a expedir a otro estado miembro de la UE productos sujetos a Impuestos Especiales en régimen suspensivo. El censo de CAEs se llama SEED/CAE.
Gracias a este CAE podrás solicitar por cada expedición un Documento Administrativo electrónico (e-DA) a la Administración de Impuestos especiales, que procede a validarlo y a devolverlo asignando un número denominado ARC (Antiguamente Documento de Acompañamiento Modelo 500) a través de un EMCS (Sistema de Control de Movimientos de Impuestos Especiales), que deberá viajar obligatoriamente con el producto a destino si el envío es intracomunitario, o hasta la aduana de salida si el vino tiene como último destino un tercer país. Este Documento garantiza la trazabilidad y control de envíos de mercancías sujetas a Impuestos Especiales. (ARC – corresponden a las siglas en inglés de “Código Administrativo de Referencia”)
Una vez obtenido el ARC, la expedición de estos productos puede salir del establecimiento con destino a otro estado miembro. La empresa expedidora tiene que anotar el ARC del documento administrativo electrónico en cualquier documento comercial que acompañe a los productos y/o imprimir una copia del e-DA con el mismo fin.
En el caso de Terceros países el destinatario debe ser poseedor de una Licencia de Importación de Vinos, pero ya nos adentramos en los requisitos específicos de la legislación de ese país…
Para información más en detalle, añadimos el link a la guía de trámites y documentos de exportación de ICEX – Octubre 2017.
Como ves el Shipping es un mundo complejo y con muchos factores a tener en cuenta, pero no hay que tenerle miedo, con el asesoramiento adecuado y previsión todo el posible. No dudes en consultar con el equipo de JCV ?