DESPACHO DE ADUANAS IMPORTACIÓN
En una operación de compraventa internacional uno de los puntos fundamentales es el despacho de Aduanas, tanto en importación como en exportación. Pero no hay que tenerle miedo a la poderosa Agencia Tributaria, si las cosas se hacen bien, no hay de qué preocuparse. Veamos cual es el proceso para una operación de importación
- Imprescindible
Facilitar siempre copia de la factura comercial, packing list, copia del bill of lading y tener muy clara cuál es la partida arancelaria (o HS Code) de nuestra mercancía. La partida arancelaria es fundamental ya que determinará las posibles inspecciones para-aduaneras, el % de Arancel, IVA, etc. - Certificado de origen
Lo necesitamos para acogernos a exenciones de Aranceles por existir tratados de origen preferencial entre la UE y esos terceros países. Por ejemplo, para Canadá o Corea con una leyenda en la factura comercial indicando el nº de exportador autorizado es suficiente, eso sí, la Aduana necesita la factura original firmada y sellada desde origen. Sin embargo, para las importaciones de India o Bangladesh se emite el FORM A, que es el certificado de origen. En el caso de países como Argelia, Túnez, Egipto o Israel se emite el EUR1, y en el caso de Turquía el ATR.
La Aduana también nos exigirá el original de estos documentos en todos los casos.
- Otros certificados
Dependiendo del tipo de mercancía la Aduana puede exigir diferentes certificados como sanitarios, documentación IMO, declaraciones del importador sobre el uso y destino de la mercancía, etc. Para cualquier cuestión con este tipo de documentación no dudes en consultarnos. - Inspecciones previas al despacho: Para-Aduaneras
Dependiendo del tipo de mercancía tendremos que realizar inspecciones previas al despacho; sanidad exterior, sanidad vegetal (FITO), sanidad animal (veterinario), control de calidad (SOIVRE), farmacia … Estas inspecciones se suelen realizar en el PIF (Puesto de Inspección Fronteriza) por organismos independientes a la Agencia Tributaria.
5. A despachar
Cuando ya tenemos toda la documentación, el buque ha llegado a puerto y la declaración sumaria está activada, podemos despachar. La Aduana tiene unos parámetros que determinan el color del despacho, es decir, si la mercancía ha de ser inspeccionada o no. Pueden ser por ejemplo el puerto de origen, la partida estadística etc. Estos parámetros son secretos y van variando.
1. Despacho verde: todo correcto, la mercancía puede ser retirada.
2. Despacho naranja: la Aduana requiere la documentación del embarque, se le facilita vía EDI. Después de revisarla puede firmar el despacho y que la mercancía pueda salir o requerir más documentación o incluso una inspección física.
3. Despacho rojo: requiere inspección física de la mercancía. Las opciones son :
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- Posicionado: el contenedor se posiciona en Terminal, se abre y el inspector lo revisa. No se toca nada.
- Escáner: el contenedor se carga sobre camión y se dirige a un escáner de la Agencia Tributaria en el puerto. Es como una radiografía del contenedor, no se abre ni se toca nada.
- Pasillo: el contenedor se posiciona en Terminal, se abre y se descarga hasta donde la Aduana haya requerido. Una vez inspeccionada la mercancía se vuelve a cargar y precintar.
- UAR: es la Unidad de Análisis de Riesgo formada por funcionarios de la Agencia Tributaria y la Guardia Civil. La inspección se determina en función de sus parámetros y puede ser cualquiera de las anteriores. Se puede solicitar previa a la presentación del despacho o en el momento en el que se presenta el despacho.
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- 6. EL IVA y Arancel: Según la partida arancelaria tendremos que abonar un importe de IVA y Arancel. Estos aparecen en el DUA.
- 7. Documentos:La documentación ahora es toda telemática, no se facilitan originales. Por norma general son; el DUA, Declaración de Valor DV1 (para importes de más de 10.000 €) y certificado de importación.